Publicado el 23 de abril de 2009 | por Emilio
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0Una sentencia anula la normativa que regula la música en las barras de bar de La Vaquilla
El Ayuntamiento de Teruel deberá rehacer la ordenanza que regula la instalación y funcionamiento de barras de bar en las fiestas de La Vaquilla tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que anula el apartado que determina las condiciones que deben cumplir los equipos de música por considerarlo demasiado impreciso, lo que «deja abierta la posibilidad de una total falta de control». El pronunciamiento judicial, que puede ser recurrido por el Consistorio ante el Tribunal Supremo, responde a un recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación de Vecinos de la Zona.
Las barras de bar callejeras constituyen un elemento central de las fiestas patronales de Teruel, que se celebran en julio y que se caracterizan por una afluencia masiva de público en los espacios públicos, sobre todo del Centro Histórico. En torno a medio centenar de estas instalaciones hosteleras se distribuyen por toda la ciudad para atender la demanda de bebidas y alimentos generada por la presencia de decenas de miles de vaquilleros.
El Ayuntamiento revisó en 2005 la normativa que regula la instalación de las barras en la calle durante los festejos, pero la redacción fue recurrida por la Asociación de Vecinos de La Zona por entender que abría las puertas a la arbitrariedad municipal en la autorización de los equipos de música. Estimó que la emisión de ruido podía superar los límites legales y producirse en horarios demasiado flexibles con el consiguiente perjuicio para el descanso de los vecinos.
El articulo anulado por el TSJA remite el control sobre horarios de funcionamiento de equipos de música a «lo que en su momento establezcan los órganos de gobierno municipales». El fallo señala que, «al no concretar en absoluto las exigencias para la autorización de aparatos reproductores de imagen y sonido ni, ante todo, su horario», se podría producir una «total falta de control» y, como consecuencia, «una inaceptable inseguridad jurídica».
Por otro lado, la sentencia ordena la corrección de un error en la redacción de la ordenanza, que remitía a la normativa de vibraciones en lugar de hacerlo a la de ruidos, como corresponde.
El TSJA rechaza, no obstante, la pretensión de los recurrentes de que, al igual que ocurre con los discobares, se impusiera a los titulares de barras de bar la instalación de limitadores de sonido para evitar que superaran el volumen máximo. La sentencia señala que al tratarse de una actividad al aire libre no son aplicables los mismos criterios que para su equivalente en locales cerrados.
En caso de que el Ayuntamiento no recurra la sentencia y esta pase a ser firme, la ejecución del fallo obligará al Consistorio a rehacer la ordenanza de barras de bar para La Vaquilla de forma que se precisen las condiciones de funcionamiento de los equipos de música.
La Federación de Asociaciones de Vecinos San Fernando criticó, en su momento, la redacción aprobada por el Ayuntamiento. Aspiraba a que eliminara la emisión de música en las barras callejeras, una opción que contempló el Consistorio pero que finalmente descartó. Según un dirigente vecinal, el texto aprobado supuso «un auténtico engaño y una traición» a la federación vecinal.
El concejal delegado de Festejos, José Antonio Esteban, aplazó su pronunciamiento sobre las consecuencias de la sentencia al estudio detallado de sus contenidos. El edil, que todavía no tenía ayer constancia del fallo judicial, tampoco se pronunció sobre un posible recurso.